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Fiscalidad española - Novedades Modelo 210

20 / 5 / 2024

El miércoles 31 de enero de 2024 fue publicada en el BOE la Orden HAC/56/2024, del 25 de enero, mediante la cual se aprobó la modificación de determinados modelos para la liquidación de rendimientos por parte de no residentes en España.

Una de las principales novedades es la posibilidad de presentar una única declaración anual para aquellos no residentes que posean bienes inmuebles arrendados en España.

El plazo para presentar las autoliquidaciones con resultado a ingresar será los primeros 20 días del mes de enero de cada ejercicio, siendo el plazo el día 15 de enero en el supuesto de domiciliación del importe resultante.

La entrada en vigor de esta normativa se produjo al día siguiente de su publicación; el 1 de febrero de 2024, siendo, por tanto, ya de aplicación en las liquidaciones correspondientes al primer trimestre de este año.

Recordamos que, hasta la presente modificación, los no residentes titulares de inmuebles arrendados en España debían presentar una declaración trimestral por cada unidad inmobiliaria arrendada y que, en el supuesto de transmisión del inmueble, la Administración Tributaria española suele revisar el cumplimiento de esta obligación durante los últimos 4 ejercicios.

Ver Ordren HAC/56/2024, del 25 de enero