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Publicada la Ley de Auditoría de cuentas del Principado de Andorra

20 / 5 / 2024

El Consejo General aprobó el pasado 27 de mayo del 2024 la Ley 10/2024, del 27 de mayo, de auditoría de cuentas del Principado de Andorra.

Esta Ley tiene por objetivo desarrollar el marco legal necesario para el desarrollo de la actividad de la auditoría de cuentas, teniendo en cuenta los estándares internacionales, así como la directiva europea de auditoría 2006/43 y sus modificaciones posteriores relativas a la auditoría legal de cuentas anuales y de cuentas anuales consolidadas. Queda regulada, por lo tanto, la auditoría de cuentas, tanto obligatoria como voluntaria, mediante el establecimiento de las condiciones y requisitos en el ejercicio de esta actividad, así como la regulación del sistema de supervisión y los mecanismos de cooperación internacional en relación con la dicha actividad.

A través de esta ley se desarrolla un órgano supervisor que dependerá del ministerio encargado de las finanzas y que tendrá por objetivo garantizar la calidad de los procesos de auditoría que se lleven a cabo en el país.

Se tienen que someter a la auditoría de cuentas las sociedades o entidades, sea cual sea su naturaleza jurídica, en las cuales concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a) Las entidades de interés público.

b) Todas las entidades sujetas a supervisión por parte de la AFA.

c) Las entidades que reciban subvenciones, ayudas o lleven a cabo obras, prestaciones, servicios o suministren bienes en el Estado y otros organismos públicos.

d) Todas las fundaciones.

e) Las empresas y otras entidades cuando, durante dos ejercicios consecutivos, concurran al menos dos de las circunstancias siguientes:

- Que el total de las partidas del activo supere los tres millones seiscientos mil euros.

- Que el importe de la cifra anual del negocio supere los seis millones de euros.

- Que el número de trabajadores durante el ejercicio sea superior a veinticinco.

Destacar que la auditoría de cuentas únicamente puede ser ejercida por los auditores de cuentas o las sociedades de auditoría que figuren inscritos al Registro de Auditores de Cuentas como ejercientes y que hayan satisfecho la correspondiente fianza o el aval y el seguro de responsabilidad civil.

Podéis acceder a la nueva Ley mediante el siguiente enlace:

 

Texto Ley de Auditoría